E.T.A., Política y Justicia

ETA1

El llamado conflicto vasco es una de las cuestiones políticas de más relevancia y de más larga duración que ha tenido lugar en el estado español. A lo largo de su existencia (su nacimiento data de 1959, bajo la dictadura franquista), ETA ha pasado por diversas estructuras, divisiones y escisiones, con la finalidad de construir una Euskal Herria[1] libre y socialista[2]. El frente de actuación ha sido durante décadas el político y el militar, dando más preponderancia a uno o a otro según el equilibrio de fuerzas en cada momento, y usando así la lucha armada como estrategia para lograr sus objetivos.


A su vez, el gobierno español ha desarrollado distintas estrategias para conseguir su eliminación, desde la más represiva actuación policial hasta los (incipientes) intentos de negociación. Sin embargo, lo primero que hay que entender es que la situación en el País Vasco es un problema político que debe resolverse por vías políticas. Difícilmente se iba a conseguir el fin de la lucha armada por métodos puramente represivos, puesto que el trasfondo es político. Este argumento parece que cobra sentido precisamente ahora, cuando E.T.A ha anunciado el fin de la violencia, aunque también cabe subrayar el debilitamiento de la organización a causa de numerosos golpes policiales. La conferencia de paz[3] que ha tenido lugar con miembros internacionales, tales como Kofi Annan, ex-secretario de la ONU, o Gerry Adams, uno de los protagonistas del proceso de paz en Irlanda, ha sido el paso definitivo para que la lucha armada deje de existir en el País Vasco. Así, se espera canalizar por vías políticas y democráticas la voluntad del pueblo vasco.


Precisamente en lo que respecta al terreno político, el historial de intentos es largo. Herri Batasuna (HB) fue la primera coalición electoral de la izquierda abertzale[4], creada en 1978. Al final de la década de los ’90, HB se convirtió en Batasuna. Pero en el año 2002 se promulgó la Ley de Partidos, cuyas cláusulas restringían los partidos que se podían presentar a las elecciones declarando ilegales aquellos que tuvieran cualquier tipo de relación con organizaciones terroristas[5]. Como consecuencia, Batasuna fue ilegalizada, así como ulteriores partidos de la izquierda independentista. De esta manera, una parte importante de la sociedad vasca se quedaba sin representación electoral, aumentando en gran medida la abstención activa en las elecciones. En 2008 la abstención en Euskadi fue de 11 puntos superior a la media española, ya que una de las marcas abertzales ilegalizadas abogó por ella[6]. La sociedad vasca no podía dar su voto a ningún partido que recogiera las ideas de la izquierda independentista. Estas sucesivas ilegalizaciones de partidos se han desarrollado bajo la óptica del “todo es ETA”, de manera que todo el entorno de la izquierda independentista se ha convertido en sospechoso de ser terrorista y por lo tanto ilegalizado. Desde organizaciones juveniles hasta periódicos, asociaciones políticas, coordinadoras y sindicatos se han ido desmantelando poco a poco por supuesta colaboración con banda armada. Además, en la aplicación de la ley antiterrorista, el tribunal competente para juzgar dichos delitos es la Audiencia Nacional, institución heredera del franquismo.


En todo este proceso el poder judicial ha tenido una enorme influencia y un gran poder de decisión. La Ley de Partidos surgió del parlamento, pero su aplicación tenía lugar en los tribunales. Los partidos que quieren ser legalizados deben pasar el filtro establecido en dicha ley, y es la justicia española la que tiene que aplicar los parámetros. Así pues, la posibilidad de voto de centenares de miles de vascos queda en manos de los jueces y magistrados del estado español. Esta patología es cada vez más frecuente en las sociedades occidentales, y especialmente común en España. Cuando un tema espinoso se pone sobre la mesa, la cuestión se traslada a los tribunales, confiando en su imparcialidad, y al mismo tiempo quitándose de encima una difícil tarea para los políticos. En consecuencia, la justicia española se encuentra sobresaturada a día de hoy, teniendo que dirimir cuestiones políticas que debería tratarse en otros foros, y no en los tribunales. El tiempo juega también a favor de los políticos: dicha sobrecarga de trabajo en los juzgados se ve traducida en una larga espera para las sentencias, lo cual permite desviar los temas candentes y molestos durante meses e incluso años.


La judicialización de la política[7] va de la mano de la politización de la justicia. Delegar los conflictos políticos en el poder judicial nos lleva a un problema más profundo: la imparcialidad de la justicia en España. Según el principio de separación de poderes, básico en cualquier sistema democrático, el poder judicial es independiente, y debe además ser imparcial y no mezclarse con el poder ejecutivo ni con el legislativo. Sin embargo, vemos su constante imbricación y compromiso en cuestiones políticas, como es el ejemplo de ETA y la izquierda abertzale. Esta “contaminación” política se percibe claramente con el simple hecho de la elección de los magistrados de los tribunales más importantes (el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional). Con el nombramiento por un partido u otro ya se sabe si un juez es de tendencia conservadora o progresista, con lo que podemos deducir, a grandes rasgos, en qué dirección va a ir su veredicto. Por este motivo, es difícil concebir la justicia española actual como una solución imparcial a los problemas políticos, puesto que su neutralidad no es tal.


Con el caso de los partidos de la izquierda abertzale encontramos un ejemplo paradigmático de este posicionamiento político de los jueces. Este año se presentó a las elecciones municipales un nuevo partido de la izquierda abertzale, denominado Sortu[8]. Ante la impugnación de la fiscalía por su supuesta relación con ETA, el Tribunal Supremo examinó los estatutos del partido –en los cuales se rechazaba claramente cualquier tipo de violencia- y actuaciones, y de ellas concluyó que este partido era heredero de Batasuna, ilegalizado por la Ley de Partidos, y por tanto no podía ser tampoco legalizado. No es casualidad que la mayoría de magistrados de este tribunal fueran de tendencia conservadora, por lo que ganaron la votación. Unos meses más tarde, se presentó una nueva candidatura de la izquierda abertzale. Esta vez se trataba de una coalición de independientes de la izquierda abertzale, EA y Alternatiba. Tras apelar la primera ilegalización de la sala conservadora, se consiguió una sentencia favorable en el Tribunal Constitucional, ya que éste contaba con una mayoría de magistrados progresistas. De este modo, finalmente Bildu pudo concurrir a las elecciones, obteniendo unos resultados excelentes, y dando voz,  tras varios años de imposibilidad, a la izquierda independentista vasca  consiguiendo casi mil representantes en los ayuntamientos vascos.


Por otro lado, este último mes ha tenido lugar la condena a diez años de cárcel por pertenencia a banda armada a Arnaldo Otegi (entre otros), un importante dirigente de la izquierda abertzale y de Batasuna, y que precisamente había tenido conflictos con E.T.A por defender las vías políticas en vez de las militares. Esta condena cuesta de entender cuando precisamente se estaba creando un clima favorable al abandono de la lucha armada por parte de ETA, y a la canalización por vías políticas y democráticas de sus demandas. Es contradictorio, por lo tanto, que se encarcele por diez años a una persona que intentó justamente buscar una salida política al conflicto vasco.


Sin embargo –y más allá de si dicha sentencia es justa o no-, no debemos mezclar los ámbitos judiciales y políticos, y evitar al máximo la politización de la justicia. La condena de Arnaldo Otegi podría interpretarse como un acierto en la independencia judicial, no dejándose imbuir por las circunstancias políticas, pero sin embargo varias voces apuntan justamente lo contrario. Se trataría de un medio de presión a ETA para que declarase el fin de la violencia – lo cual ha hecho al cabo de unas semanas-. En cualquier caso, y ahora que E.T.A ha dejado las armas, se abre un escenario político muy interesante, con “Amaiur” –nueva coalición de Bildu y Aralar- perfilándose como posible primera fuerza en el País Vasco. Quedan otros elementos en juego: está por ver cuál será la sentencia del Tribunal Constitucional (el mismo que legalizó a Bildu) sobre la legalización de Sortu, aunque no será hasta después de las elecciones (de nuevo, siguiendo intereses partidistas) cuando salga. Hay además otras cuestiones que deben debatirse todavía como el acercamiento de presos a Euskadi[9] o la eliminación o limitación de la doctrina Parot[10], o incluso se está empezando a plantear la eliminación de la Audiencia Nacional. En todas ellas la justicia tendrá mucho que decir, pero no tanto como la política, ahora que por fin podrán tratarse estos temas en el foro que corresponde.



[1] Se trata del territorio del País Vasco, Navarra y el país vasco francés.

[2] Si bien la orientación ideológica de la organización ha ido variando, puede considerarse que esos son sus objetivos primordialmente a partir de 1965.

[3] http://politica.elpais.com/politica/2011/10/17/actualidad/1318863760_372845.html

[4] La izquierda abertzale es la izquierda independentista vasca.

[5] Consultar el artículo 9 de la LO 6/2002 de Partidos Políticos: http://www.boe.es/boe/dias/2002/06/28/pdfs/A23600-23607.pdf

[6] http://www.diagonalperiodico.net/Euskadi-la-abstencion-espejo-del.html?id_mot=89

[7] Magalhaes, P., C. Guarneri, y Y. Kaminis. 2006. ´Democratic Consolidation, Judicial Reform, and the Judicialization of Politics in Southern Europe', en Democracy and the State in the New Southern Europe, editado por R. Gunther, P. Diamandouros y D. Sotiropoulos, pp. 138-196


 

[8] http://www.gara.net/azkenak/02/247398/es/Sortu-es-nombre-nueva-formacion-que-marca-antes-despues

[9] Se trata de una demanda histórica de los familiares de presos etarras, puesto que éstos se encuentran dispersos por cárceles de toda España y deben hacer trayectos muy largos para poder visitarlos.

[10] Ver http://www.cgae.es/portalCGAE/archivos/ficheros/1176983175412.pdf

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